La legislación constituye el mecanismo por medio del cual el Estado, en busca del bien común, sienta las bases para el equilibrio entre intereses competitivos de la sociedad. En el marco de la salud, esta función adquiere una importancia especial en razón del carácter de bien común de la materia a regular y de la necesidad de crear mecanismos que, siendo capaces de garantizarla en condiciones de igualdad, contemplen la necesidad de reconocer la diferencia de situación en la que se encuentran los individuos para alcanzarla, y permitan actuar consecuentemente.
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LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL EN
SALUD CON ENFOQUE DE GÉNERO, PERTINENCIA
INTERCULTURAL Y DERECHOS HUMANOS
A continuación, se describen doce lineamientos para facilitar al personal de
salud la toma de decisiones que reduzcan las barreras de género y socioculturales en la atención en salud, como parte de las acciones que conduzcan a
hacer efectivo el derecho a la salud.
1. Fortalecer en los servicios de salud el derecho a la salud de mujeres y
hombres, según su cultura e identidad de género. 💖
2. Brindar atención con equidad de género y pertinencia intercultural de
acuerdo a las diferentes etapas del curso de vida, en los servicios de
atención en salud, en la familia y la comunidad.
3. Promover la distribución de los recursos disponibles en igualdad de
oportunidades para mujeres y hombres de los cuatro pueblos.
4. Propiciar ambientes con perspectiva de género y culturalmente aceptables,
con participación de la comunidad.
5. Atender con respeto y dignidad a mujeres y hombres, según su identidad
de género en las distintas etapas del curso de vida, y de los diferentes
pueblos y culturas.
6. Respetar el derecho de las personas a expresarse y ser atendidos en su
idioma materno, identidad cultural y de género.
7. Respetar en los servicios de salud, los elementos simbólicos que portan las
personas de los diferentes pueblos (pulseras, piedras, amuletos, collares
y otros). En caso de procedimientos especiales, el proveedor de salud
puede retirarlos con respeto, previa explicación y autorización del motivo.
Si la o el paciente se encuentra inconsciente, podrá retirarlos, guardarlos
con sus pertenencias y entregarlos a la familia o acompañantes. 💖
8. Permitir el acompañamiento de un familiar, terapeuta tradicional, abuela
comadrona o quién decida la persona durante la atención. 💖
9. Identificar oportunamente riesgos en la salud de mujeres y hombres en
las diferentes etapas de curso de vida, de acuerdo a sus potencialidades
y vulnerabilidades en todos los ámbitos, según su identidad cultural y de
género e implementar acciones que contribuyan a reducirlos. 💖
10. Respetar y atender las referencias de los terapeutas tradicionales y abuelas
comadronas en los servicios de salud y hacer las contrarreferencias. 💖
11. Promover el empoderamiento de la mujer embarazada en la toma de
decisión para elegir el servicio de salud y la elección de la posición
durante la atención del parto. 💖
12. Apoyar y sensibilizar a las personas, mujeres y hombres en la transformación
de roles que afectan su salud y para procurar el cuidado responsable de
sí mismos y su familia. 💖
Guatemala cuenta con fundamentos legales, que amparan y norman la atención de salud a la población en general, vista como un derecho al que tiene todo ciudadano.
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Es importante tomar en cuenta que durante el ejercicio medico es indispensable conocer
aquellas leyes que hacen mención sobre la situación en salud, puesto que como toda
profesión se rige a través de normativos que se establecen mediante diferentes leyes.
La base legal para la legislación en Guatemala comienza en la Constitución Política de la
República. De los cuales proceden, otras leyes, códigos, reglamentos y decretos, como
ejemplo:
• Código de Salud. 💗
• Reglamento Orgánico interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. 💗
• Ley de la Maternidad Saludable. (decreto 32-2010)
• Ley de Desarrollo Social. 💗
• Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional. 💗
a) Constitución Política de la República de Guatemala
Es la máxima ley, parte de los derechos inalienables de la persona humana y los fines y
deberes del Estado para proteger la vida, la libertad e igualdad, la justicia, la seguridad, la
paz y el desarrollo integral de la persona en lo individual, familiar y colectivo. Bases
Legales: Artículos: 1, 2, 3, 52, 93, 94, 95 y 98.
b) Ley del Organismo Ejecutivo
Tiende a satisfacer los intereses colectivos a través de la administración pública,
asimismo le corresponde coordinar la función política de los otros organismos como los
diversos ministerios. Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del
Organismo Ejecutivo. Artículos: 19 numeral 11, y 39.
c) Código de Salud, Artículo 4º. Del Decreto 90-97 del Congreso de La República, ratifica que la salud, es un derecho y es un producto social resultante de la interacción
entre el nivel de desarrollo del país, las condiciones de vida de las poblaciones y la
participación social, a nivel individual y colectivo, a fin de procurar a los habitantes del
país el más completo bienestar físico, mental y social.
El Estado, a través del Ministerio de Salud Pública y demás instituciones públicas, velará
porque se garantice la prestación del servicio de salud a toda persona guatemalteca, en
forma gratuita.
d) Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social,
Acuerdo Gubernativo No. 115-99.
El Ministerio de Salud con el objeto de asegurar la salud de la población, formula,
organiza, dirige, conduce, ejecuta y evalúa las políticas, planes, programas y proyectos de
salud, asignando los recursos financieros, humanos, tecnológicos, físicos y materiales,
tanto de origen gubernamental, como de otras fuentes, de acuerdo a las prioridades
nacionales de salud.
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Principios fundamentales:
• Derecho a la Salud 💗
• Equidad 💗
• Pertinencia Intercultural 💗
• Respeto y armonía con la Naturaleza 💗
• Transparencia 💗
• Participación ciudadana
Políticas: Son líneas ministeriales que fundamentan el accionar del Organismo Ejecutivo a
través del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, para el cumplimiento de Salud
para toda la población guatemalteca.💗
Las políticas para el actual régimen gubernamental
son:
A. Rectoría y gobernanza democrática.💗
B. Acceso universal a una atención integral e incluyente.💗
C. Fortalecimiento institucional.💗
D. Gestión transparente.💗
Con una gestión centralizada en las personas y con la finalidad de mejorar la situación de
salud de la población.
Mejorar la calidad de la atención implica situar a las personas al centro de las actividades de las instituciones de salud, satisfacer sus necesidades y expectativas a través del
mejoramiento continuo y fomentar su participación en las decisiones y acciones. 💜
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Las Normas de Atención Integral se elaboran con el enfoque de desarrollo de la Atención
Primaria en Salud en Guatemala, que tienen su expresión en el primero y segundo nivel
de asistencia sanitaria, desde los pilares de la promoción de salud, prevención de
enfermedades, diagnóstico precoz, tratamiento oportuno, curación y rehabilitación, con
participación de las personas, la familia y la comunidad, que son en esencia los
beneficiarios directos del impacto de estas normas.
Para fines operativos se han dividido las etapas del ciclo de vida en las siguientes edades:
• Neonato: (0 a 28 días). 💓
• Lactante (29 días a menos de 1 año). 💓
• Niñez (niños y niñas de 1 año a menos de 10 años). 💓
• Adolescentes (Mujer y Hombre de 10 años a menos de 20 años). 💓
• Adulto (Mujer y Hombre de 20 años a menos de 60 años). 💓
• Adulto Mayor (Mujer y Hombre de 60 años en adelante). 💓
Es importante señalar que a partir de las políticas se generan programas para brindar
atención integral a la población; especialmente a personas vulnerables y postergadas, se
presta atención en salud en programas que brinda un paquete básico de salud a través de
normas de atención que se mencionan a continuación y que se aplican en el primer y
segundo nivel:
1. Embarazo, parto y puerperio (Adolescente y adulta): 💗
I. Atención Integral en el Embarazo, parto y puerperio
II. Acciones preventivas en el embarazo
III. Acciones preventivas en el parto
IV. Acciones preventivas en el puerperio
V. Manejo básico de emergencias obstétrica
VI. Detección y prevención oportuna
VII. Orientación a la mujer, familia y comunidad.
2. Lactancia: 💗
I. Atención Integral del lactante
II. Acciones preventivas al lactante
III. Detección y prevención oportuna
IV. Orientación a la familia y la comunidad.
3. Niñez: 💗
I. Atención Integral a la niña y el niño:
II. Acciones preventivas (1 a menos de 5 años)
III. Acciones preventivas (5 a menos de 10 años)
IV. Detección y prevención oportuna
IV. Orientación a la familia y comunidad
VI. Cuadro de medicamentos
4. Adolescencia: 💗
I. Atención Integral a los adolescentes
II. Acciones preventivas
III. Detección y prevención oportuna
IV. Orientación a los adolescentes, familia y comunidad.
5. Adulto(a) mayor: 💗
I. Atención integral del Adulto(a) mayor
II. Acciones preventivas
III. Detección y prevención oportuna
IV. Orientación individual, familiar y comunitaria.
6. Atención a la demanda:
I. Primeros auxilios: 💗
II. Intoxicación por plaguicidas
III. Prevención de Rabia en humanos
IV. Mordedura de serpiente
V. Leptospirosis
VI. Medicina Popular Tradicional y Alternativa
VII. Atención de la población migrante
VIII. Promoción de donación voluntaria de sangre
IX. Género.
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Referencias Bibliográficas:
1. MENZEL ILLESCAS E.E. Tesis: Análisis Jurídico de los Medios de Control de la
Función Administrativa, Universidad de San Carlos de Guatemala, Facultad de Ciencias
Jurídicas y Sociales, Guatemala Mayo del 2006 Consultado en enero 2016. En línea
http://biblioteca.usac.edu.gt/tesis/04/04_5734.pdf
2. Guatemala, El Congreso de la República de Guatemala. DECRETO 114-97. Ley del
Organismo Ejecutivo Artículo 39, El Congreso de la República de Guatemala. Publicado
en el Diario Oficial el 12 de diciembre de 1997. En línea
www.oas.org/juridico/mla/sp/gtm/sp_gtm-int-text-oe.doc
3. Guatemala. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA. DECRETO
NUMERO 90- 97 Código de Salud (2 de 0ctubre de 1997) en línea:
http://www.cicad.oas.org/fortalecimiento_institucional/legislations/PDF/GT/decreto_congre
sional_90-97.pdf
4. Guatemala, El Presidente de la República. ACUERDO GUBERNATIVO No. 115-99.
Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud
Pública y Asistencia Social. Palacio Nacional, Guatemala, 24 de febrero 1999. En línea
http://transparencia.minfin.gob.gt/transparencia/BibliotecaDigital/Documentos%20Area%2
0Social/RSalud.pdf
5. Guatemala. Gobierno de Guatemala. Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
SIGSA. Red de servicios del sector Salud. 2014-2016. Consultado el 15-1-2015. En línea:
http://www.mspas.gob.gt/index.php/component/jdownloads/category/4-numeral-1-
estructura-organica?Itemid=-1
6. Organización Panamericana de la Salud. La Redes Integradas de Servicios de Salud.
Washington DC: OPS; 2010.
7. Normas de Atención en Salud Integral para el primer y segundo nivel, Ministerio de
Salud Pública y Asistencia Social, Departamento de Regulación de los Programas de
Atención a las Personas DRPAP, Guatemala, 2012, en línea
http://www.paho.org/gut/index.php?option=com_docman&view=download&alias=536-
normas-de-atencion-en-salud-integral&category_slug=sfc-salud-en-la-adolecencia-yjuventud-nacional&Itemid=518
Comentarios:
Cesia Gemaisel Matta Ortiz:
Las normas de atención en salud se basan desde el embarazo hasta la vejez, esto debido
a que cada grupo presenta características especiales que difieren en su atención en
salud. Es importante mencionar que el principal objetivo de conocer las normas es la
prevención, esto permitirá prevenir futuras complicaciones en cada una de las personas y
además la no sobresaturación en los hospitales de la red hospitalaria.
Paola Verónica Garcia Vasquez: Es importante tener conocimiento sobre la legislación en salud y las normas de atención ya que es un pilar fundamental para el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
brindar servicios de salud con calidad, calidez, dignidad y humanismo, asegurando la
optimización de los recursos, brindando atención integral a todos los Guatemaltecos. Las Normas de Atención Integral se elaboran con el enfoque de desarrollo de la Atención
Primaria de Salud en Guatemala, que tienen su expresión en el primero y segundo nivel
de asistencia sanitaria, desde los pilares de la promoción de salud, prevención de enfermedades, diagnóstico precoz, tratamiento oportuno, curación y rehabilitación, con participación de las personas, la familia y la comunidad, que son en esencia los beneficiarios
directos del impacto de estas normas.
Yolanda Cristina Casiá Pérez:
La legislación de salud en Guatemala son normas de atención en salud general y esta es un derecho que tienen todos los guatemaltecos y es importante que todos los que trabajan en área de salud como la población la conozcan. En Guatemala existen dos tipos de sectores las cuales son uno publico y otro privado existen programas de salud esta es la principal herramienta metodológica que se usa para mejorar el nivel de
salud en la comunidad. Hay niveles de atención las mismas están tanto para la persona, comunidad, familia . En las normas para la atención a las personas son siete módulos de los cuales
seis corresponden a cada una de las etapas del curso de la vida, cada uno consta de introducción,
objetivos y estas son claras.
MÈLANY DALLELY ARGUETA LÒPEZ: Se dice que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social es reconocido como el rector del sector salud en el país y la institución que desarrollara procesos que mejoran de forma sostenida la salud de la población este proveerá servicios integrales e incluyentes de forma progresiva a la población guatemalteca, las normas de atención en salud Constituyen un pilar fundamental para el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social ya que brindan servicios de salud con calidad, calidez, dignidad y humanismo, asegurando la optimización de los recursos, brindando atención integral a las/los guatemaltecos.





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